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Inicia periodo de postulación para bonificación de incentivo al retiro

A partir del 01 de enero del 2024 -y hasta el 31 de marzo del presente año- se encuentra abierto el primer periodo de postulación a la Bonificación Adicional de Incentivo al Retiro, establecida en la Ley 20.948.

El nuevo año trae consigo una serie de procesos “y uno de los más relevantes para varios funcionarios y funcionarias es el de postulación a la bonificación de incentivo al retiro, por lo que queremos asesorar y ayudar a toda persona que esté pensando en retirarse”, explicó el jefe de la Unidad de Gestión, Desarrollo y Relaciones Laborales (UGDRL) Felipe Flores.

Así, y con casi tres meses por delante, se está convocando a los funcionarios y funcionarias en todo Chile para acceder a esta medida por la cual se establece una bonificación por retiro consistente en un mes de remuneración imponible por cada dos años de servicio con un tope de once meses. Es importante destacar que el cálculo de la bonificación será el promedio de la remuneración imponible mensual de los últimos 36 meses anteriores al retiro, con un tope de 90 UF.

Con todo esto, desde la UGDRL respondieron a algunas de las consultas más comunes relacionadas con este proceso, las que presentamos a continuación.

¿Quiénes tienen derecho a esta bonificación?

  • Funcionarios(as) de carrera y a contrata que perciban la bonificación por retiro del Título II de la ley 19.882. (Planta o Contrata, que renuncien voluntariamente, se contabiliza por cada dos años de servicio).
  • Funcionarios(as) que se encuentren afiliados al sistema de pensiones establecido en el decreto ley N°3500 (AFP).
  • Que a la fecha de postulación tengan veinte o más años continuos o discontinuos, de servicio en la Administración Central del Estado o en sus antecesores legales. (Consultar en caso de que sean discontinuos pues existen algunos requisitos para que sean contabilizados).
  • Aquellos funcionarios(as) que tengan entre dieciocho y menos de veinte años de servicio continuo o discontinuo.
  • Mujeres entre 60 a 65 años, quienes obtendrán el 100% de la bonificación. Quienes tengan 66  años o más obtendrán el 50% de la bonificación.
  • Hombres con 65 años cumplidos, paraobtener el 100% del beneficio, o 66 años, para la obtención del 50 % del beneficio.

“Pasadas las edades mencionadas anteriormente, tanto para mujeres como hombres, de acuerdo a la ley se entiende que los funcionarios y funcionarias renunciaron al uso de este beneficio. En esa línea, también es importante destacar que como nuestro interés es el de ayudar a todos y todas que quieran acogerse a retiro, el tiempo es fundamental, porque por ejemplo esta bonificación disminuiría en un mes por cada semestre en que el funcionario, habiendo cumplido el requisito de edad, no se haya acogido a retiro”, explicó Felipe Flores. Además, los funcionarios y funcionarias deben presentar su renuncia voluntaria a todos los cargos y al total de horas en el respectivo servicio.

Funcionarios Código del Trabajo

Quienes desempeñen labores bajo la modalidad Código del Trabajo también pueden acceder a este beneficio, siempre y cuando:

  • Estén afiliados(as) al sistema de pensiones establecido en el decreto Ley N°3.500 (AFP).
  • Que a la fecha de la postulación tengan veinte o más años de servicio -continuos o discontinuos- en la Administración Pública y sus sucesores legales.
  • Cumplan con los requisitos de edad antes señalados.

¿Quiénes pueden postular en este Primer Periodo 2024?

  • Funcionarios y funcionarias que cumplan 65 años de edad entre el 01 de enero y 30 de junio del mismo año en que postulan a los beneficios.
  • Funcionarias que cumplan entre 60 y 64 años de edad entre el 01 de enero y 31 de diciembre del año en que postulan a los beneficios.
  • Funcionarios y funcionarias que cumplan 66 años de edad entre el 01 de enero y 30 de junio del año en que postulan a los beneficios.

¿A quién debo contactar para requerir asesoría?

A Carla Gómez, analista de la Unidad de Gestión, Desarrollo y Relaciones Laborales, ya sea a través de su correo carla.gomez@ind.cl o anexo, 1253.

¿Qué antecedentes y documentos se necesitan para postular?

*Certificado de antigüedad en IND se gestiona internamente.


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