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En el IND existe un procedimiento para la prevención, denuncia y sanción del maltrato, acoso laboral y/o sexual. Éste establece las acciones para la tramitación y gestión de una denuncia, desde su formulación hasta la resolución final.
Puntos claves para tener presente:
La denuncia se formula por escrito y debe ser firmada por el denunciante utilizando el formulario que puedes solicitar en el Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas.
La denuncia debe considerar los siguientes requisitos: identificación del denunciante; narración detallada de las acciones que se denuncian; identificación de quien habría cometido los hechos denunciados y de los testigos o personas que tienen conocimiento de los hechos.
Los antecedentes se deben remitir en un sobre cerrado con la palabra “RESERVADO” al Receptor/a de denuncias, que es la Jefatura del Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas de Nivel Central, ya sea por carta certificada o por Oficina de Partes.
El Receptor tiene un día para registrar y canalizar la denuncia después de recibida, para remitirla al Director/a Nacional.
El/la Director/a Nacional tiene tres días para decidir si admite o no a trámite la denuncia. En caso de ser desestimada, se remitirá correo electrónico al denunciante informando esta decisión.
Si se admite a trámite, se iniciará un procedimiento administrativo que establece pasos y plazos para la investigación sumaria, de acuerdo con lo que señala el Estatuto Administrativo en esta materia.
A petición del denunciante, el Departamento Jurídico deberá informar el estado de la denuncia resguardando la confidencialidad de la información que se está revisando en el proceso.
Es importante considerar que cada proceso (consulta, acogida y denuncia) interactúa de manera independiente, por lo que no necesariamente una consulta efectuada por Maltrato, Acoso Laboral y/o Sexual puede derivar o es requisito para solicitar una acción de acogida o la formulación de una denuncia.
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